REGLAMENTOCENTRO CULTURAL CESDE

Capitulo I

USUARIOS

Artículo 1. Es deber de los usuarios adoptar la presente reglamentación para ofrecer los servicios del Centro Cultural CESDE.

Artículo 2. Los usuarios del Centro Cultural CESDE, se clasifican en: Usuarios regulares, Usuarios Egresados, Usuarios de Préstamo interbibliotecario.

  • Usuarios Regulares: Conformado por estudiantes, profesores y empleados de la Institución, que posean carnés actualizados que los acrediten como tales.
  • Usuarios Egresados: Todos los egresados graduados del CESDE, quienes tendrán derecho a realizar consultas internas, préstamos para fotocopia, utilización de internet y préstamo de 2 materiales bibliográficos.
  • Usuarios del Préstamo Interbibliotecario: Aquellas personas que pertenezcan a cualquiera de las instituciones, tanto públicas como privadas, con las cuales se establezcan convenios y alianzas de Préstamo interbibliotecario.

Capitulo II

DE LAS COLECCIONES

El acervo bibliográfico se conforma de las siguientes colecciones:

Artículo 3. Colección General. Está conformada por diferentes ítems que representan el mayor porcentaje de la colección.

Artículo 4. Colección de Reserva. Constituida por materiales que se consideran guía dentro de las diferentes áreas.

Artículo 5 . Colección de Referencia. Son ítems que posibilitan la realización de consulta rápida, no se prestan fuera de la sala de consulta, los más representativos son: diccionarios, enciclopedias, directorios, guías, manuales, catálogos entre otros.

Artículo 6. Colección de Hemeroteca. Ésta incluye los diferentes títulos de publicaciones seriadas que llegan a nuestra unidad de información.

Artículo 7. Colección de Audiovisuales y Medios Magnéticos: Se constituyen en fuente de apoyo para las diferentes actividades curriculares, conformada por Cd, DVD room, la mayoría de ellos acompañantes de material bibliográfico.

Capitulo III

SERVICIOS

Artículo 8. Préstamo Externo. Mediante este servicio se les permite a los usuarios llevar prestados 4 materiales que se alternarán según el caso (libros, revistas, material en medios magnéticos).

Artículo 9. Sala de lectura. Este servicio se ofrece a todo aquel usuario que requiera consultar materiales que no puedan ser retirados de la institución por de consulta frecuente, entre ellos están los (materiales de referencia).

Artículo 10. Alianzas, préstamos y convenios interbibliotecarios. Se realiza presentando ante la institución carta y carné que ampare al usuario como activo; deberá acogerse a las políticas de la institución prestataria y hacer buen uso del servicio. Este servicio se tiene aproximadamente con 50 bibliotecas e instituciones de la ciudad (Acercarse a Biblioteca para conocer el trámite)


Parágrafo: Este servicio no se ofrece a los egresados.
Artículo 11. Servicio de Alerta: Permite mantener actualizados a los usuarios acerca de las de las diferentes monografías y publicaciones que llegan a la unidad de información; éste se realiza mediante copia de las tablas de contenidos que se divulgan en la página web de Biblioteca.

Artículo 12. Reserva de material. El usuario hace la reserva del material mediante el catálogo en línea: catalogo.cesde.edu.co
Parágrafo: El material reservado se guarda por período de dos días, pasado este tiempo, sí el usuario no retira los ítems, estos se incorporan nuevamente a la colección. Se reserva sólo el material que esta prestado.

Artículo 13. Servicio de Internet. Es una herramienta de consulta que posibilita la búsqueda de información en red; es exclusivamente para uso del personal
que está vinculado a la Institución; el tiempo estimado para la realización de la consulta es de una hora por usuario.

Artículo 14. Referencia. Se brinda orientación al usuario en cuanto a la manera de realizar la búsqueda de información y manejo de las herramientas que se emplean para tal fin.

Artículo 15. Curso de Formación de Usuarios. Al inicio de cada semestre y en coordinación con los Directores de Escuela y Docentes, se programan cursos que orienten, ubiquen y capaciten al estudiante en la búsqueda y manejo de fuentes de información y en la utilización ágil y eficaz de los recursos y servicios que ofrece la Biblioteca de la institución.

Artículo 16. Elaboración de Bibliografías. Es el suministro de referencias bibliográficas sobre una temática específica que posee el Centro Cultural, se elaborará a solicitud del usuario.

Capitulo IV

DEBERES Y DERECHOS DE LOS USUARIOS

Al frecuentar y hacer uso de los servicios que le ofrece la Biblioteca, se debe tener en cuenta:


DEBERES

Artículo 17. El usuario deberá portar el carné digital para solicitar los servicios que ofrece la Institución y/o cualquier otra unidad de información.

Artículo 18. Conservar un tono de voz moderado cuando se encuentre dentro de la sala de consulta.

Artículo 19. Manejar adecuadamente los equipos (computadores), muebles y material bibliográfico que le son facilitados para la realización de sus trabajos.

Artículo 20. El usuario debe responsabilizarse del material que utilice, revisar el estado al momento de hacer el préstamo, recibirlos y entregarlos en el mismo estado en que le fueron facilitados para realizar su consulta.

Artículo 21. Evitar el consumo de alimentos mientras se encuentra haciendo uso de los servicios que le ofrece la Unidad de Información.

Parágrafo: Si el usuario es sorprendido infringiendo la norma, se le hace llamado por primera vez y si reside se somete a la suspensión temporal del servicio.

Artículo 22. Ingresar a la sala de consulta con sus pertenencias. El usuario se responsabiliza por el cuidado de las mismas.

Artículo 23. El material se renovará en la fecha de vencimiento, el sistema envía al correo electrónico una alerta. La renovación la realiza ingresando al catálogo en línea: catalogo.cesde.edu.co, hacerlo de manera personal o comunicándose telefónicamente. 4808822 ext. 1204

Artículo 24. Evite ubicar en la estantería los materiales que utilizó para la realización de su consulta.

Artículo 25. La utilización del Internet es con fines académicos, en caso de necesitar equipo de computo con software especial por favor diríjase a uno de los colabores de la Biblioteca.

Parágrafo: Ningún tipo de información deberá ser almacenada en el disco duro del computador. Al realizar mantenimiento y soporte a los mismos la información contenida allí desaparece.

Artículo 26. Active su celular en modo silencioso (vibración) al ingresar a la sala de consulta, esto evitara interferencia y desconcentración entre las personas que se encuentran realizando sus trabajos.

Artículo 27. Al finalizar el semestre académico, contrato de trabajo, prestación de servicios y retiros de la institución, los usuarios deberán encontrarse a Paz y Salvo por todo concepto.

DERECHOS

Artículo 28. Disfrutar de los servicios en los horarios establecidos por la Biblioteca.

Artículo 29. Recibir trato amable y atención oportuna por parte del personal de Biblioteca y Centro Cultural Cesde, así mismo gozar de un ambiente propicio para la lectura y la investigación.

Capitulo V

DE LOS PRÉSTAMOS Y DEVOLUCIÓN DEL MATERIAL

Artículo 30. Colección general: Incluye Libros y Publicaciones Periódicas, el material que conforma está colección se presta, por un período de ocho días calendario se prestan hasta 4 materiales. Artículo 31. Reserva: Se prestan de un día para otro (17 horas a las 9:00 de la mañana del día siguiente). Artículo 32. Colección de Referencia: El material de referencia es exclusivamente de consulta interna y para ser fotocopiado. (Se presta por espacio de 30 minutos)

Capitulo VI

DE LOS TURNOS PARA USO DE INTERNET

Artículo 33.  Para consultar en internet los usuarios deben realizar reserva previa de los equipos de cómputo.

 

Artículo 34. Los turnos asignados para la consulta son por espacio de una hora.  Se pueden renovar siempre y cuando no haya reservas para la siguiente hora.

 

Artículo 35. Pasados quince minutos de la hora asignada para la realización de la consulta, su turno se cancelará de manera automática y será reasignado a otro usuario.

Capitulo VII

DE LAS SANCIONES

Artículo 36. La no devolución a tiempo de los materiales que le son facilitados en calidad de préstamo, se sanciona con la suspensión del servicio (el doble de días que se atrasó para hacer devolución del mismo)

Artículo 37.  Cualquier daño físico o técnico causado a los equipos, ya sea por maltrato o negligencia, será causal de sanción disciplinaria y económica.

Artículo 38.  Quien pierda o dañe un libro, revista, o material audiovisual (cd, dvd room) en los siguientes casos (humedad, mutilación, manchas, entre otros) o cualquier otro material o equipo que se le hubiese facilitado para uso dentro y fuera de la institución; deberá reponerlo con otro igual.

Paragrafo: El material se debe comprar original y entregar factura en biblioteca para realizar reclamos en caso de ser necesario. En caso tal que el material no se consiga en original, el jefe de la Biblioteca le sugiere un título en reemplazo del que fue dañado.

Parágrafo: El material deberá ser pagado con la edición que tiene la biblioteca o por una más actualizada.

Artículo 39. Si el daño que sufrió el material es leve, lo evalúa el jefe de la Biblioteca y se realiza un acuerdo para reparar el suceso ocurrido.

Artículo 40.  Los valores numéricos de los costos que puedan acarrear daños realizados a equipos, materiales bibliográficos, medios magnéticos o cualquier otro bien de la institución, se calcularán y evaluaran con el aval de la Dirección Administrativa al momento que este ocurra.

Artículo 41. Convenio de pago le brinda la oportunidad al estudiante de hacer el pago en cuotas así: cuota inicial del 25% del costo del material, y las restantes durante el transcurso del semestre.  Este acuerdo incluye:

Se Cotiza el libro que debe pagar el usuario al inicio del acuerdo y al dar la última cuota, ya que el material pudo cambiar de precio. (Ver Convenio de pago)

Capitulo VIII

HORARIO

Artículo 42.  Nuestros servicios se ofrecen en los  siguientes horarios:

Lunes a Viernes:  7:30 a. m. – 12:30 m.  y de 1:30 p. m. a 6:30 p. m.

Sábado: 8:00 a. m. a 1:00 p. m. 

Capitulo IX

DISPOSICIONES ESPECIALES

Artículo 43.    El presente reglamento deroga las demás disposiciones que le sean contrarias y entra en vigencia a partir del período académico 2 –2021

NOTA: Mientras continúen las medidas dispuestas por las autoridades en salud, por la pandemia, lo invitamos a tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

  1. El material bibliográfico, sólo podrá ser utilizado dentro del Centro Cultural y Biblioteca Cesde.
  2. El horario de atención al público se ofrece en modalidad alternancia, teniendo en cuenta las directrices de Direcciones de Escuela.
  3. Quien acuda al Centro Cultural y Biblioteca Cesde a hacer uso de algunos de los servicios deberá tener en cuenta las medidas de bioseguridad y ceñirse al aforo estipulado.

 

Mayores informes: en la línea telefónica 4808822 ext. 1204 o al correo: [email protected]

 

Sedes

Líneas de atención

© Copyright Cesde. Todos los derechos reservados

Si estas interesado en estudiar en CESDE, ¡llena los campos y te llamamos!.

Ingresa los datos y uno de nuestros asesores se pondrá en contacto contigo en breve,